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Autónomos en pluriactividad: elegir bien las bonificaciones puede suponer un importante ahorro en las cuotas

Cada vez más trabajadores compatibilizan un empleo por cuenta ajena con una actividad profesional o empresarial por cuenta propia. Es lo que se conoce como pluriactividad: cotizar simultáneamente en el Régimen General y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Esta situación puede dar acceso a diferentes beneficios en la cotización a la Seguridad Social. Sin embargo, existe una cuestión importante que no siempre se tiene en cuenta: algunas de estas ventajas son incompatibles entre sí.

Por ello, antes de darse de alta o solicitar una bonificación, conviene analizar qué alternativa resulta aplicable en cada situación y cuál supone un mayor ahorro. 

¿Qué significa ser autónomo en pluriactividad?

La pluriactividad se produce cuando una misma persona desarrolla simultáneamente una actividad como trabajador por cuenta ajena y otra como trabajador autónomo.

Por ejemplo, un trabajador contratado por una empresa que, además, presta servicios profesionales por su cuenta y está dado de alta en el RETA.

Al cotizar simultáneamente a través de ambos regímenes, la normativa contempla determinados mecanismos para reducir o compensar parte de las cotizaciones.

Tres posibles vías para reducir las cuotas

Los autónomos en situación de pluriactividad pueden encontrarse, dependiendo de sus circunstancias, con tres mecanismos diferentes de ahorro:

1. Cuota reducida para nuevos autónomos

Los trabajadores que inician una actividad por cuenta propia pueden acceder, si cumplen los requisitos, a la denominada cuota reducida.

Esta permite abonar inicialmente una cuota de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses. Puede mantenerse durante un segundo periodo de 12 meses cuando los rendimientos netos anuales sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional y se cumplan las condiciones establecidas. 

Para acceder a esta reducción también deben cumplirse los requisitos generales previstos para los nuevos autónomos.

2. Bonificación para autónomos vinculados a empresas emergentes

Existe otra posibilidad mucho más específica.

La Ley de Startups contempla una bonificación del 100% de la cuota correspondiente a la base mínima durante los tres primeros años para determinados trabajadores autónomos que se encuentren en situación de pluriactividad por desarrollar simultáneamente un trabajo por cuenta ajena y una actividad por cuenta propia vinculada a una empresa emergente. 

No basta, por tanto, con crear cualquier sociedad.

Entre otros requisitos, la empresa debe tener la consideración de empresa emergente conforme a la normativa y disponer de la correspondiente acreditación. También deben cumplirse las condiciones relativas a la posición y actividad del autónomo dentro de la empresa. 

3. Devolución por exceso de cotización

La tercera alternativa afecta a quienes, como consecuencia de cotizar simultáneamente como asalariados y autónomos, superan determinado nivel de cotizaciones por contingencias comunes.

Para 2026, las personas en pluriactividad tienen derecho al reintegro del 50% del exceso de sus cotizaciones por contingencias comunes que supere los 17.323,68 euros, teniendo en cuenta las cotizaciones correspondientes en ambos regímenes.

La devolución tiene, además, un límite: no puede superar el 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes. 

La Tesorería General de la Seguridad Social realiza este reintegro tras la correspondiente regularización, en los términos establecidos por la normativa. 

El problema: estas ventajas no pueden acumularse

Este es precisamente uno de los puntos que más deben tener en cuenta los autónomos en pluriactividad.

Los incentivos específicos derivados de la pluriactividad no son compatibles con otras bonificaciones o reducciones establecidas como medidas de fomento del trabajo autónomo. Por ejemplo, la bonificación vinculada a empresas emergentes no puede simultanearse con la cuota reducida por nueva alta. 

Esto significa que escoger una opción sin estudiar previamente las alternativas puede hacer que el autónomo renuncie a otra posibilidad económicamente más interesante.

¿Qué opción interesa más?

No existe una respuesta única.

Dependerá, entre otros factores, de:

  • Las cotizaciones derivadas del trabajo por cuenta ajena.
  • Los rendimientos previstos de la actividad como autónomo.
  • El tiempo que vaya a mantenerse la pluriactividad.
  • Si se trata de una nueva alta en el RETA.
  • Si el autónomo cumple los requisitos para acceder a alguna bonificación específica.
  • Si participa en una empresa que tenga la consideración legal de empresa emergente.

Por eso, no conviene elegir automáticamente la bonificación aparentemente más atractiva. Es recomendable hacer números y analizar el ahorro total que puede generar cada alternativa durante todo el periodo en el que resulte aplicable.

Exacto Gestión te ayuda a revisar tu cotización

Si trabajas por cuenta ajena y además desarrollas una actividad como autónomo, revisar correctamente tus cotizaciones puede ayudarte a evitar pagos innecesarios y aprovechar los beneficios que correspondan a tu situación.

En Exacto Gestión podemos estudiar tu caso, comprobar qué bonificaciones o reducciones puedes aplicar y valorar qué alternativa resulta adecuada teniendo en cuenta tus circunstancias laborales y profesionales.

Antes de tramitar un alta o escoger una bonificación, consúltanos para analizar las distintas opciones.