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El Tribunal Supremo aclara: las compensaciones del IVA no son ingresos en módulos

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave que afecta directamente a agricultores, ganaderos y pescadores que tributan en el régimen de módulos.

La resolución establece que las compensaciones del IVA no deben computarse como ingresos, poniendo fin a un criterio que venía aplicando la Agencia Tributaria y que había provocado la exclusión de numerosos profesionales del sistema de estimación objetiva.

Un cambio que afecta a miles de explotaciones

Según ha señalado ASAJA Palencia, esta decisión tiene un impacto directo en cerca de 60.000 explotaciones en Castilla y León que tributan en módulos.

El fallo respalda la postura que ASAJA venía defendiendo: incluir estas compensaciones como ingresos distorsionaba artificialmente la realidad económica de las explotaciones, obligando a muchos profesionales a salir del régimen simplificado.

El Supremo corrige el criterio anterior

Hasta ahora, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) había avalado que estas compensaciones se incluyeran en el cómputo de ingresos.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha corregido este criterio, señalando que:

  • Estas compensaciones no representan ingresos reales.
  • Su inclusión “viciaba” el cálculo de las ganancias.
  • Se estaba forzando la salida de autónomos hacia sistemas más complejos y costosos.

Además, la sentencia refuerza que la propia Ley del IVA ya excluye estas compensaciones, y que las órdenes ministeriales de módulos de 2025 y 2026 han incorporado esta interpretación.

Posibilidad de reclamar cantidades pagadas

Una de las consecuencias más relevantes de esta sentencia es que:

👉 Los afectados pueden solicitar la devolución de ingresos indebidos en los ejercicios no prescritos.

Esto incluye:

  • Agricultores y ganaderos expulsados del régimen de módulos.
  • Profesionales que tributaron de más por aplicar el criterio anterior.

En general, se podrán revisar los últimos cuatro ejercicios no prescritos.

Revisión de situaciones anteriores

Desde ASAJA se ha solicitado que la Administración:

  • Habilite un procedimiento ágil para rectificar liquidaciones.
  • Permita la reincorporación al régimen de módulos de quienes fueron expulsados indebidamente.
  • Revise posibles sanciones impuestas bajo el criterio anterior.

Un sistema pensado para simplificar

El Tribunal Supremo recuerda que el régimen de módulos tiene como objetivo:

✔️ Simplificar las obligaciones fiscales.
✔️ Reducir la carga administrativa de pequeños negocios.

Por tanto, cualquier interpretación que complique o distorsione este sistema va en contra de su finalidad.

Exacto Gestión te ayuda a revisar tu caso

En Exacto Gestión analizamos cómo esta sentencia puede afectar a tu situación concreta.

Te ayudamos a:

  • Comprobar si has tributado de más.
  • Solicitar la devolución de ingresos indebidos.
  • Revisar tu régimen fiscal actual.
  • Gestionar tu correcta inclusión en módulos.

Si eres agricultor, ganadero o pescador y crees que puedes estar afectado, consúltanos. Esta sentencia puede suponer una oportunidad de recuperar cantidades importantes.